Cuando el peligro parece ligero, deja de ser ligero.
Sir Francis Bacon (1561-1626) Filósofo y estadista británico
Hablar de los Peatones significa hablar de uno de los actores que más se ve afectado y más puede llegar a afectar nuestro sistema vial. La vulnerabilidad de los peatones es bien conocida por todos y cada uno de nosotros, no puede ser de otra manera, si tenemos en cuenta que frente a un accidente o un choque con cualquiera de los demás actores de la movilidad, es el peatón quien lleva la peor parte porque compromete directamente su humanidad frente a objetos compuestos de materiales mucho más resistentes que embisten la fragilidad de nuestro cuerpo con la fuerza que les da la velocidad con que se desplazan y su peso, recordemos que el peso de un vehículo “es de mil 200 kilos en promedio contra el peso de una persona, siempre es un impacto desigual”. 1Además los materiales que componen nuestra infraestructura vial como andenes, separadores, puentes, semáforos, calles, bolardos, etc., en la mayoría de los accidentes actúan como receptores de las personas y aunque su papel es pasivo, en determinadas condiciones pueden llegar a demoler nuestro cuerpo.
Para evitar accidentes y reducir la violencia vial que se presenta con los Peatones, es necesario tener en cuenta su fragilidad y las situaciones que lo ponen en peligro, sin renunciar a hacer una mirada crítica a la forma en que muchos peatones se comportan, ya que si bien es cierto que son las principales víctimas de la violencia vial, también pueden llegar a ser una amenaza para los demás actores de la movilidad y para ellos mismos. No en todos los accidentes de tránsito en los que se ven involucrados peatones y conductores la responsabilidad es de quienes van al volante.
Como peatones nos podemos convertir en una amenaza para nosotros mismos y para los demás cuando no respetamos el semáforo o por la pereza de cruzar un puente peatonal decidimos pasar las calles y avenidas haciéndole el quite a los vehículos, las motos, los buses de servicio público, como ocurrió cuando un conductor de Transmilenio evitó atropellar a un habitante de calle que se metió en los carriles exclusivos del sistema y como resultado quedaron heridos varios pasajeros, se partió en dos un articulado, se presentaron pérdidas materiales, se causaron problemas de movilidad que dificultaron la llegada a los lugares de trabajo y estudio de los ciudadanos, todo a causa de un habitante de calle que en su condición de peatón actuó de manera imprudente. (Ver imágenes del accidente: http://www.eltiempo.com/Multimedia/galeria_fotos/bogot4/GALERIAFOTOS-WEB-PLANTILLA_GALERIA_FOTOS-12329161.html)
En los casos en que la infraestructura para el peatón sea deficiente, es necesario que la ciudadanía denuncie y exija respuestas por parte de las autoridades, en ese propósito la participación social y política de la comunidad debe materializarse en solicitudes a las autoridades competentes, para esto resulta siempre útil acudir en primera instancia a la Alcaldía Local que corresponda, a la Personería, a la Defensoría del Pueblo y a la Personería.
El Peatón al igual que cualquier ciudadano no debe olvidar que es sujeto de Derechos, pero también de Deberes. Para quienes no respetan las normas de tránsito de manera intuitiva, es bueno recordarles que el artículo 58 del Código de Tránsito de Colombia establece las prohibiciones a los peatones, dentro de las cuales encontramos:
“Artículo 58°. Prohibiciones a los peatones. Los peatones no podrán:
Invadir la zona destinada al tránsito de vehículos, ni transitar en ésta en patines, monopatines, patinetas o similares.
Llevar, sin las debidas precauciones, elementos que puedan obstaculizar o afectar el tránsito.
Cruzar por sitios no permitidos o transitar sobre el guardavías del ferrocarril.
Colocarse delante o detrás de un vehículo que tenga el motor encendido.
Remolcarse de vehículos en movimiento.
Actuar de manera que ponga en peligro su integridad física.
Cruzar la vía atravesando el tráfico vehicular en lugares en donde existen pasos peatonales.
Ocupar la zona de seguridad y protección de la vía férrea, la cual se establece a una distancia no menor de doce (12) metros a lado y lado del eje de la vía férrea.
Subirse o bajarse de los vehículos, estando éstos en movimiento, cualquiera que sea la operación o maniobra que estén realizando.
Transitar por los túneles, puentes y viaductos de las vías férreas”. 2
El incumplimiento de estas normas puede generar sanciones económicas hasta por un salario mínimo diario legal vigente según el Código de Tránsito Colombiano, sin embargo debemos tener en cuenta que lo que ponemos en riesgo no es el dinero sino la salud, la vida, nuestra integridad física y la de los demás, la prioridad que se le da a los peatones debe ser correspondida desde un ejercicio respetuoso de ciudadanía por parte de este actor de la movilidad.
Para garantizar un correcto uso de los andenes es necesario que se controle el comercio informal, porque en muchas oportunidades los vendedores ubican la mercancía en lugares privilegiados del espacio público y obligan al peatón a caminar sobre la vía, especialmente en lugares comerciales debido a la gran cantidad de población que transita por los sectores más concurridos de la ciudad.
Todos en algún momento del día somos peatones, de allí la importancia de dimensionar la importancia del cumplimiento de normas y dejar de pensar que al hablar de los peatones hablamos de los “demás”, cuando en realidad todos lo somos en algún momento y a todos nos corresponde actuar de la mejor manera.
El riesgo de ser víctimas o victimarios en el escenario de la movilidad está siempre presente, solo respetando las señales de tránsito y mostrando solidaridad con nuestros demás conciudadanos podremos construir una movilidad mucho más segura, en la que los peatones dejen de ser la principal víctima de la violencia vial y se conviertan en un actor eficiente a partir de un correcto equilibrio entre derechos y deberes.
[pie]1 Gómez Víctor, “Imprudencia del peatón lo lleva a la muerte”, En: Publimetro México, Julio 25 de 2012, Disponible en: http://www.publimetro.com.mx/noticias/imprudencia-del-peaton-lo-lleva-a-la-muerte/mlgy!GuECrYoH4y4qw/[/pie][pie]2 Código de Tránsito de Colombia. Artículo 58°. Prohibiciones a los peatones.[/pie]